viernes, 3 de octubre de 2008

Kroneberger modifica Ley de Protección Integral de Personas Discapacitadas

El Diputado Nacional Daniel Kroneberger -UCR-La Pampa-, presentó un proyecto de ley por el cual se modifica el art. 22, inc. a) de la ley 22431, de Sistema de Protección integral de las Personas discapacitadas. “Los vehículos de transporte público tendrán dos asientos reservados señalizados y cercanos a la puerta por cada coche, para personas con movilidad reducida. Dichas personas estarán autorizadas para descender por cualquiera de las puertas. Los coches contarán con piso antideslizante y espacio para ubicación de bastones, muletas, sillas de ruedas y otros elementos de utilización por tales personas. En los transportes aéreos deberá privilegiarse la asignación de ubicaciones próximas a los accesos para pasajeros con movilidad reducida”, sostuvo Daniel Kroneberger.
“Las empresas de transportes deberán incorporar gradualmente en los plazas y proporciones que establezca la reglamentación, unidades especialmente adaptadas para el transporte de personas con movilidad reducida. A efectos de promover y garantizar el uso de estas unidades especialmente adaptadas por parte de las personas con movilidad reducida, se establecerá un régimen de frecuencias diarias mínimas fijas. Las empresas de transporte referidas deberán exponer el presente artículo, así como sus reglamentaciones, en forma clara y en lugar visible, tanto en el interior de los vehículos como en las respectivas boleterías”.
“La necesidad de dar a conocer la presente ley es un prerrequisito para el correcto ejercicio de los derechos contemplados en ella; observamos en la actualidad como siguen siendo menoscabados los derechos de los discapacitados, conocemos a diario denuncias sobre el incumplimiento de las empresas de transporte, porque se niegan a cumplir con lo normado por esta ley”“Sabemos que el precepto “la ley se reputa conocida por todos” es solo una mera ficción para dotar de certeza jurídica a las relaciones jurídicas entabladas a diario. Al darle publicidad a este inciso se sortearía así este obstáculo, y las personas beneficiarias tendrían acceso a conocer el texto de la ley, que de otra manera, puede perder su virtualidad al ser ignorado por sus beneficiarios. También tiene sustento este proyecto de ley en el derecho de los consumidores y usuarios, y su derecho a una información clara y adecuada”, concluyó Daniel Kroneberger.

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